La IMO y el pilotaje
 Entrada de la IMO La importancia de emplear pilotos cualificados en accesos a los puertos y otras áreas en donde se requiere conocimiento local especializado fue formalmente reconocida por la IMO en 1968, fecha en que la organización adoptó la Resolución de la Asamblea A.159(ES.IV) Recomendaciones sobre el pilotaje.
Durante siglos, se han empleado pilotos con conocimiento local a bordo de embarcaciones para guiarlas puerto adentro o puerto afuera en forma segura, o cuando la navegación se considera peligrosa, en particular cuando el capitán no está familiarizado con él área.
Además del conocimiento y la experiencia locales, los pilotos pueden ofrecer una comunicación eficaz con la costa y con los remolques, a menudo en el idioma local.
Los pilotos cualificados prestan sus servicios a las embarcaciones por una tarifa que se calcula de acuerdo con el tonelaje, el calado u otros criterios.
La importancia de emplear pilotos cualificados en accesos a los puertos y otras áreas en donde se requiere conocimiento local especializado fue formalmente reconocida por la IMO en 1968, fecha en que la organización adoptó la Resolución de la Asamblea A.159(ES.IV) Recomendaciones sobre el pilotaje. La resolución recomienda a los gobiernos organizar servicios de pilotaje cuando hay más probabilidades de obtener mayor eficacia en comparación con otras medidas y definir las embarcaciones y los tipos de embarcaciones para los cuales sería obligatorio el empleo de un piloto.
Uno de los problemas observados por los pilotos es el de abordar la embarcación, en particular cuando hay mal tiempo o cuando la embarcación es muy grande. Los requisitos para facilitar estas situaciones están contenidos en el Capítulo V de la Convención de SOLAS y también han sido objeto de resoluciones de la IMO que cubren los estándares de rendimiento de grúas mecánicas para pilotos (A.275(VIII); disposiciones para el embarque y desembarque de pilotos en embarcaciones muy grandes (A.426(XI); y disposiciones para la transferencia de pilotos (A.667(16)). Una circular del Consejo de Administración Marina (Marine Stewardship Council - MSC) (MSC/Circ.568/Rev.1) cubre las disposiciones de abordaje requeridas para los pilotos.
Entrenamiento y certificación de pilotos
La Asamblea de la IMO celebrada en 2003 adoptó la resolución A.960(23) Recomendaciones sobre el entrenamiento, la certificación y los procedimientos de operación para pilotos marítimos, excepto para pilotos de aguas profundas, que incluye la Recomendación sobre el entrenamiento y la certificación de pilotos marítimos, excepto de pilotos de aguas profundas, y la Recomendación sobre los procedimientos de operación para pilotos marítimos, excepto para pilotos de aguas profundas.
Resoluciones de la IMO que instan al empleo de pilotos a bordo de embarcaciones en determinadas áreas:
- La Resolución A.480(IX) (adoptada en 1975) recomienda el empleo de pilotos cualificados de aguas profundas en el Mar Báltico y la Resolución A.620(15) (adoptada en 1987) recomienda que las embarcaciones con un calado de 13 metros o más deben emplear los servicios de pilotaje establecidos por los Estados Costeros en los accesos al Mar Báltico.
- La Resolución A.486(XII) (adoptada en 1981) recomienda el empleo de pilotos de aguas profundas en el Mar del Norte, en el Canal de Inglaterra y en Skagerrak
- La Resolución A.579(14) (adoptada en 1985) recomienda que ciertos buques petroleros, todos los buques transportadores de productos químicos y de gas, así como las embarcaciones que transporten material radioactivo que circulen por el estrecho de Oresund (que separa a Suecia y Dinamarca) empleen servicios de pilotaje.
- La Resolución A.668(16) (adoptada en 1989) recomienda el empleo de servicios de pilotaje en el Canal Europeo y el Canal IJ (en Holanda)
- La Resolución A.710(17) (adoptada en 1991) recomienda el empleo de servicios de pilotaje en embarcaciones de más de 70 metros de longitud y en todos los buques tanqueros petroleros, todos los buques transportadores de productos químicos y de gas licuado, independientemente de su tamaño, en el área del Estrecho de Torres y del Gran Canal Nororiental, fuera de Australia
- La Recomendación A.827(19) (adoptada en 1995) sobre Rutas Marítimas (Ships' Routeing) incluye en el Anexo 2 Reglas y recomendaciones sobre navegación a través del Estrecho de Estambul, el Estrecho de Canakkale y el Mar de Mármara que "Se recomienda a los capitanes de embarcaciones que pasan a través de los estrechos acogerse a los servicios de un piloto cualificado para cumplir con los requerimientos de la navegación seguraâ€�.
- La Recomendación A.889(21) sobre disposiciones de transferencia de pilotos ofrece lineamientos relacionados con la construcción de escaleras para pilotos.
- La Recomendación A960 ofrece lineamientos sobre el entrenamiento, la certificación y los procedimientos de operación para Pilotos Marítimos excepto para pilotos de aguas profundas.
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